Trámites de legalización de documentos
Teniendo en cuenta la Ley Notarial 1.482 de la provincia de Corrientes y sus modificatorias, en los casos que se requieran la legalización de la firma y sello de los notarios, las autoridades del Colegio de Escribanos tienen a su cargo dicha gestión, destacando que es de carácter obligatorio para los delegados del interior llevar a cabo esta función, debiendo fiscalizar el cumplimiento de los requisitos exigidos por nuestras reglamentaciones.
Dicha legalización realizada por el Colegio de Escribanos de cada demarcación se requiere para la eficacia en la circulación del instrumento dentro del país, cuando se hace valer en otras provincias.
Por otra parte, para que una documentación expedida dentro del territorio nacional adquiera validez internacional, corresponderá que se realicen una serie de legalizaciones previas para llevar a cabo la certificación de firmas, teniendo en cuenta el tipo de documentación, su lugar de emisión, lugar de destino a ser presentada y las autoridades intervinientes.
En todos los casos deberá ser presentada en su formato original, salvo que la copia se encuentre certificada por el organismo emisor del original del documento o el original de documento se encuentre legalizado/ apostillado y de la copia surja la participación anterior.
Por delegación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina estas legalizaciones internacionales pueden realizarse en los colegios notariales. Los tipos de legalizaciones internacionales son: las apostille (para todos los países que formen parte del convenio de la Haya), legalización internacional (documentación relacionada con la transacción comercial y/o aduanera y los países que no constituyan parte del Convenio de la Haya), y la habilitación de firmas de cónsules argentinos del exterior.
Para la determinación del origen de los documentos se deben tener en cuenta: los emitidos dentro del país, los cuales deben ser legalizados o apostille para ser exhibidos en el exterior contando con las certificaciones previas respetando la jerarquía interna del país y los que fueren emitidos fuera del país, siendo habilitados por los cónsules representantes argentinos en el exterior para su uso dentro del país.
Formas de proceder para los siguientes documentos, destacándose algunos de los más requeridos.
Partidas de estado civil
emitidas en Argentina
Las partidas de estado civil emitidas en por el Registro de Estado Civil y capacidad de las personas (de nacimiento, matrimonio o defunción), deben estar firmadas en original para ser legalizadas apostilladas, siendo la certificación de firma emitida por un funcionario formalmente registrado a tal fin.
Documentación de títulos
y certificados de estudios
Títulos primarios, secundarios, de educación superior y universitaria: deben legalizarse, en primer lugar, ante la institución correspondiente teniendo en cuenta el procedimiento particular de cada nivel educativo de la jurisdicción y posterior intervención del Colegio de Escribanos.
Autorizaciones de menores de edad
Las autorizaciones de viaje a menores de edad en caso de haber sido otorgadas en el extranjero en una sede consular argentina, cada colegio podrá habilitar la firma del funcionario consular interviniente.
Eventualmente a requerimiento del particular por voluntad propia por solicitud de una aerolínea extranjera o a pedido de algún país de destino, este instrumento podrá ser legalizado o apostillado para su validez internacional.
Por otro lado, si el permiso además contiene otras mandas y/o facultades para los acompañantes, como, por ejemplo, autorización ante situaciones de atención medica, la misma deberá contar con la correspondiente legalización internacional o apostille según corresponda, independientemente de la situación geográfica del país de destino, sean limítrofes o no.
Cabe destacar que además de las mencionadas documentaciones, se puede efectuar la legalización internacional de instrumentos judiciales, mercantiles, administrativos y de la más variada naturaleza.
–Medidas de seguridad
en sellados notariales
El Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, sito en calle 9 de Julio Nº1165/73, atenderá al público durante el mes de enero de 8 a 13.
Los instrumentos para legalizar y apostillar se recibirán hasta las 11:00 hs. por razones operativas.
Siguiendo con el proceso de sistematización integral que encara el notariado en todo el país, el Colegio de Escribanos de Corrientes ha incorporado nuevas medidas de seguridad a los sellados notariales que se utilizan en el tráfico negocial.
Entre los más importantes se halla la utilización del sistema de código QR que permite la individualización de los mismos a través del sistema de lectura de dicho código.
Por: Diario Época.com