Se analizan otras rutas de cortejos fúnebres en Guayaquil
Las prohibiciones en la av. Quito buscan aliviar el tráfico.
GUAYAQUIL. Luego de que el pasado lunes quedaran prohibidos los cortejos fúnebres en Guayaquil, para que haya una mejora de la circulación de los 3.200 vehículos que transitan por la avenida Quito, la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) y la ciudadanía estudian alternativas para otro posible recorrido.
Ante ello, varias personas, como Manuel Flores, quien vive en Esmeraldas y Chambers, comenta que una de las tantas rutas que puede permitir llegar a pie hasta el cementerio sin incomodar a los conductores de la av. Quito es “la calle García Moreno, porque es la única que cubre un tramo similar y tiene poco movimiento vehicular. Otras vías paralelas y cercanas a la Quito no tienen las mismas facilidades”, comentó Flores al indicar que las calles ubicadas al este de la av. Quito (Pedro Moncayo, 6 de Marzo, Lorenzo de Garaycoa y Rumichaca) no son factibles porque bastante tienen con los buses y la Metrovía.
Entretanto, Gabriel Márquez, aseguró que el trayecto por la calle García Moreno no evitaría que se circule por la av. Quito. “Cerca de la avenida 9 de Octubre no hay paso para vehículos y caminar por el bulevar a pie implicaría saltar por las jardineras y eso sería incómodo para todos”, detalló.
Y es que la aceptación de las nuevas alternativas, posee opiniones divididas entre la ciudadanía. Mientras algunos consultados consideran que estos cortejos deben prohibirse por el nivel de inseguridad y congestionamiento vehicular. Otros, plantean opciones como resguardo policial y de la ATM para prevenir molestias a los conductores y peatones.
Al respecto, las autoridades de la ATM afirmaron que la nueva disposición será socializada durante dos meses. “Los traslados de los cortejos fúnebres en hombros y a pie complica y afecta la movilidad en general y el servicio público de transporte, que para en la av. Quito y Piedrahíta para dirigirse a Durán”, expresó el organismo municipal en un comunicado.
Hasta el momento no se ha determinado la manera cómo se sancionarán a los infractores, pero por otro lado, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una multa de $ 106 a las personas que no obedezcan a un agente de tránsito. (VCV/La Nación)