Opinión

NARCO Y TRATADO DE EXTRADICIÓN

Comandante Raúl Hidalgo Zambrano/ Guayaquil

Siguen apareciendo indicios y descubriendo hechos relacionados con el narcotráfico, narco dólares, narco lavado, narcotraficantes, narcovalija diplomática, (…) que afianzan al debilitamiento de nuestro Estado legalmente constituido y, paralelamente, al fortalecimiento del Estado ilegal. El embajador de los Estados Unidos de Norteamérica (EE. UU.), en Ecuador, en una entrevista con un medio de comunicación, ha usado el término “narco generales” refiriéndose a las máximas autoridades de las fuerzas del orden ecuatorianas, provocando un impacto negativo para nuestro debilitado Estado.

No podemos negar que vivimos en medio de la “guerra narco”, constantemente se captura toneladas de droga, se producen asesinatos entre delincuentes en calles y cáceles por el dominio territorial, también, son asesinados autoridades, ciudadanos y hasta niños considerados daño colateral; la justicia no abastece para resolver tanto caso delictivo, lo que produce impunidad; además, habría ocultos ciertos operadores de justicia, contaminados.

El narco conflicto, se desarrolla dentro de los espacios geográficos de muchos países del mundo. Hay que reconocer que los EE.UU. tiene la mayor capacidad en recursos humanos, económicos y tecnológicos para vigilar, patrullar, interceptar, capturar y sancionar a los narco delincuentes; sin duda tienen información de inteligencia y contrainteligencia, casi en tiempo real, por lo que, lo dicho por el embajador estaría basado en datos fehacientes, aunque, como diplomático no creo que sea su tarea la difusión, ya que seguramente habrán en desarrollo investigaciones que tienen como fin neutralizar y capturar a los miembros de las narco redes, que tienen nombres y apellidos.

Los gobiernos de los países en los cuales operan los narcos eslabones, a través de sus diplomáticos deben unir esfuerzos para someter ante la ley a los narcos asesinos, mediante un proceso expedito de extradición que según la RAE es el “Procedimiento por el que las autoridades de un Estado hacen entrega de una persona a las de otro que la reclaman para que pueda ser enjuiciada penalmente en este segundo o cumpla en él una pena ya impuesta”.

Nuestro país tiene un tratado de extradición con EE. UU. para siete (7) delitos, data del 28 de junio de 1872; fue complementado, el 22 de septiembre de 1939, con catorce (14) delitos entre lo que aparece por primera vez “Delitos contra la supresión del narcotráfico”; también, existen tratados de extradición con otros países. Pero, la constitución del 2008 prohíbe la extradición “Art. 79.- En ningún caso se concederá la extradición de una ecuatoriana o ecuatoriano. Su juzgamiento se sujetará a las leyes del Ecuador”; sin embargo, dos gobiernos anteriores hicieron uso de los tratados de extradición desde Panamá y España, o sea, en una vía.

Sin integración, mediante tratados entre los Estados azotados por cualquier delito definido por la palabra “narco” y sus complementos o posfijos, cada día asistiremos a descubrimientos narco delincuenciales impactantes, cada vez más fuertes que encubren y dejan en el olvido al anterior.