La Conmebol muestra preocupación por «intromisión de terceros» en el fútbol ecuatoriano
El Secretario General de la Conmebol, José Luis Meiszner, mediante comunicación dirigida a la FEF, hizo conocer la preocupación del máximo organismo y recordó que el artículo 12,1 del vigente estatuto de la entidad.
QUITO. El ente rector del fútbol suramericano envió un comunicado en el que expresa su preocupación por los hechos ocurrido el pasado viernes que impidieron mediante una acción extra futbolística la celebración del Congreso Ordinario de Fútbol ecuatoriano y la elección de sus nuevos dignatarios, informó la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).
Así mismo, el apartado tres del referido artículo 12, expresa que los órganos de gobierno y representación de una asociación miembro (presidente, directorio o comité ejecutivo, congreso, etc.) se designarán exclusivamente a través de su elección interna de conformidad con lo dispuesto en los estatutos y reglamentos de la asociación nacional en cuestión.
Por consiguiente, no se permite ninguna clase de inherencia de los poderes de los estados en el proceso electoral ni en la composición del cuerpo electoral (Asamblea y Congreso) de la asociación afiliada.
La Conmebol puntualiza que “cualquier vulneración del citado precepto de los Estatutos de la entidad puede conllevar la imposición de medidas como la suspensión de una asociación nacional y las consecuencias estatutarias derivadas de la misma (Art. 14.3) incluso si la inherencia de un tercero no puede imputarse a la asociación miembro en cuestión (Art. 13.b.) Como podría ser el caso”.
“Es por lo expuesto que le solicitamos que nos proporcione información detallada de lo sucedido en el Congreso Ordinario de la FEF convocado para pasado 9 de enero, así como de cuales van a ser las siguientes actuaciones a adoptar por su asociación nacional. En particular, respecto de la celebración de su Congreso”, concluye el comunicado.
Por su parte, el síndico de la FEF, Guillermo Saltos Guale aclaró la postura de la FIFA. “La FIFA lo que sostiene es que si en el Ecuador existe una ley que impide que cumpla mi estatuto y mis decisiones simplemente no perteneces a la entidad, no es que la FIFA se va a imponer sobre la Constitución y sobre las leyes de cada país”.
Saltos Guale dijo que la premisa fundamental que desecha la acción de protección constitucional presentada por el club Sandino de Manta (litoral) es que “trata aspectos legales y no constitucionales porque ningún derecho constitucional específicamente se establece en la demanda”. (Andes / La Nación)