Actualidad

Gremio de magistrados defiende la independencia judicial y rechaza presiones

La Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces (Aemaj) difundiò un comunicado el 1 de agosto de 2026 en el que manifestó su postura de respaldo a la independencia judicial.

“La independencia judicial constituye uno de los pilares fundamentales de todo Estado democrático”, menciona la Asociación al indicar que la independencia judicial se encuentra reconocida en el artículo 168 numeral 1 de la Constitución.

Señaló que ese elemento de independencia “proscribe toda injerencia indebida en la Función Judicial y se erige como una condición indispensable para preservar la calidad, imparcialidad y legitimidad del servicio de justicia”.

El gremio respalda las actuaciones judiciales
Además, la Aemaj enfatizó en que “la protección de la independencia judicial persigue evitar que el sistema judicial y quienes lo integran queden sometidos a restricciones indebidas en el ejercicio de su función”.

Dijo que este principio comprende una dimensión personal, que está vinculada con las condiciones que garantizan que cada jueza y juez pueda desempeñar su trabajo con autonomía e imparcialidad; y una dimensión institucional, relacionada con la autonomía de la Función Judicial frente a los demás poderes y órganos del Estado.

La Aemaj no precisó en el comunicado a qué casos en particular se refiere. Sin embargo, reiteró su postura.

“Lamentamos los pronunciamientos públicos que enervan la independencia judicial y socavan la confianza ciudadana en la administración de justicia. Manifestaciones de esa naturaleza, generan un efecto intimidatorio incompatible con el ejercicio autónomo e imparcial de la Función Judicial y desnaturalizan el legítimo escrutinio público”, cuestionó la Asociación.

La Asociación hace un llamado a respetar la independencia judicial
La Aemaj invitó a los órganos del poder público y a la sociedad en su conjunto “a contribuir al fortalecimiento de una cultura de respeto a la independencia judicial y a la labor de las juezas y jueces, especialmente frente a las decisiones que adoptan en el desempeño de sus funciones”.

Señaló que una discrepancia con una resolución judicial debe ser canalizada por las vías que el ordenamiento jurídico prevé, no mediante la deslegitimación de quien la adopta.

 

 

LA HORA