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El Gobierno Nacional subsidiará en un 40% los precios del combustible para operadoras aéreas nacionales

“EL DECRETO INCIDIRÁ EN LA REDUCCIÓN DE LAS TARIFAS DE TRANSPORTE” PAÚL GRANDA.

El Ministro de Transporte y Obras Públicas, Paúl Granda, dió a conocer la firma del Decreto Presidencial para la exoneración del 40% al combustible para las aerolíneas que operan en el país, lo que tendrá “un efecto positivo en la dinamización de las actividades aeroportuarias y reducirá el costo del pasaje”, indicó Granda.

Este jueves 9 de noviembre, se llevó a cabo la Sesión de Gabinete Ampliado en la ciudad de Ambato con el Presidente de la República, Lenín Moreno y su equipo ministerial, en el que se tomaron resoluciones importantes para dar soluciones a temas coyunturales por el bienestar y desarrollo económico y social para todos los sectores del país. La iniciativa es parte de las políticas para incentivar la conectividad aérea nacional.

En este sentido, el Ejecutivo tomó la decisión de firmar este Decreto que modifica el Decreto Ejecutivo No. 338 publicado en el año 2005, reformado mediante Decreto 799 en el año 2015, con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), que regula los precios de los derivados de los hidrocarburos; en atención a la propuesta presentada por el MTOP para cumplir con la demanda de los sectores productivos, comerciales y turísticos del Ecuador.

“La exoneración del 40% de combustible va a tener efecto positivo en la dinamización de las actividades aeroportuarias y reducirá el costo del pasaje, y todo lo que representa el desarrollo de las aeropuertos del país”, mencionó Paúl Granda.

Con el firme propósito de atender al sector del transporte aéreo, el pasado miércoles 8 de noviembre, esta cartera de Estado logró el incremento de frecuencias en la ruta Quito – Cuenca – Quito, a través de la incorporación de la aerolínea Latam Airlines Ecuador.

El objetivo es ampliar las alternativas de desarrollo económico y turístico para los 17 terminales aéreas del país que son administradas por la Dirección General de Aviación Civil, y el de Cuenca que está regido por el municipio.

Extracto del Decreto: “Las personas naturales o jurídicas que operen dentro y fuera del territorio con su Certificado de Operador Aéreo vigente y presten servicio de transporte aéreo de pasajeros nacional e internacional y/o de carga internacional desde el Ecuador, pagarán el precio de venta en terminal menos el 40%, siempre y cuando operen en rutas que incluyan a los aeropuertos que se encuentren bajo la administración integral de la Dirección General de Aviación Civil y a los aeropuertos delegados a la Autoridad Municipal”. (MTOP/LA NACIÓN)