En febrero se debe presentar el anexo de gastos personales
Con la herramienta en línea se puede incluir la información de las facturas físicas y digitales.
QUITO. Para la declaración del Impuesto a la Renta (IR) del 2015, la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI), señala que desde el 1 de febrero hasta el 28 del mismo mes se debe presenta el anexo de gastos personales.
Es preciso señalar que dicha obligación es para las personas en relación de dependencia que ganaron más de $ 10.800 en el 2015 y cuyos gastos deducibles superen los $ 5.400, al igual que para las personas que el año pasado realizaron la proyección de gastos personales y que ahora deben justificar ante el SRI las compras que sustentan esa deducción; y para quienes no hicieron la proyección, pero quieren pedir la devolución del IR.
Para ello, la persona natural deberá deducir cinco tipos de gasto: vivienda, educación, alimentación, vestimenta y salud, pero debe tener en cuenta que no podrán superar el 50% de sus ingresos del 2015 ni $ 14.040.
Además de que en cada uno de los rubros, excepto en salud, se puede deducir hasta $ 3.510, que es el límite de deducción aprobado para el 2015. Con respecto a la salud se puede deducir la totalidad, es decir, USD 14.040.
Para la realización de este trámite, el contribuyente debe asegurarse que los comprobantes de venta estén a su nombre, de su cónyuge, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados. (VCV/La Nación)