El 45% de los contribuyentes están incluidos en el régimen de microempresas
El pago del 2% de impuesto a la renta sobre los ingresos brutos no es sostenible en medio de la crisis. ¿Cómo pedir exclusión?
Desde el primero de enero de 2021, 1’013.916 personas y empresas tendrán que cumplir con el Régimen Simplificado para Mircroempresas. El Servicio de Rentas Internas (SRI) realizó la última actualización en octubre y aumentó el catastro en un 13%. Antes de eso, el número llegaba a 894.830.
Actualmente, según Marisol Andrade, directora de la entidad tributaria, el 45% de toda la masa de contribuyentes del país ya está dentro de ese régimen.
Un laberinto
El presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, Pablo Arosemena, cuestionó el sistema, porque el pago del 2% de impuesto a la renta sobre los ingresos brutos (sin considerar costos y gastos), no es sostenible en medio de la crisis desatada por la propagación de la Covid-19.
«Nos parece un disparate cobrar a los microemprendedores una renta que no se ha generado. A la gente le llega la notificación de que los han metido a este régimen y tienen que pagar impuesto a la renta. A otros no les ha llegado la notificación y se les generan multas. «, aseveró.
En este contexto, pidió que se haga una mejor depuración del catastro y que los contribuyentes puedan decidir, de manera voluntaria, si quieren estar dentro del sistema.
Andrade afirmó que, al menos en el corto plazo, no es posible tomar esas modificaciones. Por un lado, la Ley de Simplificación Tributaria, aprobada en el 2019, dispone que el régimen es obligatorio para quienes cumplen los requisitos. «Para que sea opcional se requeriría una reforma a la Ley, a través de la Asamblea», añadió.
En el caso del catastro, se han hecho las actualizaciones conforme lo establece la normativa, y las solicitudes de salida se pueden hacer hasta 20 días después de que el SRI haya incluido a la empresa o persona en el registro.
Trámite dura hasta 60 días
Javier Bustos, experto tributario, explicó que el proceso para pedir la exclusión del catastro es simple, pero la respuesta puede demorar entre 30 y 60 días. Se debe llenar un formulario con datos básicos sobre la persona o la empresa. Todo se puede hacer de manera presencial o electrónica.
“Es verdad que la normativa específica pone un plazo de 20 días para pedir la salida del catastro; pero en los hechos, gracias a disposiciones de la Ley de Régimen Tributario, se puede hacer el trámite en cualquier momento. La exclusión rige inmediatamente después de la notificación del SRI. No es verdad que se debe esperar un año”, puntualizó Bustos. (JS)
«Nos parece un disparate cobrar a los microemprendedores una renta que no se ha generado”. Pablo Arosemena, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil.
Lo positivo y lo negativo
Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, aseguró que el régimen para microempresas en concepto no es malo, pero debe ser optativo y no solo hasta ingresos de $300.000, sino ir hasta los $5 millones.
“Hacerlo obligatorio sí es perjudicial y hasta una viveza. Se requiere una reforma integral de simplificación tributaria”, acotó.
Una opción es que el Pesidente suspenda, a través de un decreto, el catastro y sus obligaciones tributarias hasta 2022. Eso daría tiempo a que inicie la recuperación económica y se concrete la reforma al sistema de impuestos. (JS)
Actividades en las que no aplica el régimen de microempresas
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