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CNE exonera de multas electorales a mujeres embarazadas y en lactancia

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó una reforma que permite a mujeres desde el sexto mes de embarazo y hasta el primer año de lactancia justificar su inasistencia a obligaciones electorales y evitar multas. La medida aplica para quienes no sufraguen, no integren una junta receptora del voto o no asistan a capacitaciones.

Para acceder al beneficio, deberán presentar un certificado médico emitido por el Sistema Nacional de Salud o el acta de nacimiento del menor, según corresponda.

La decisión responde a una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), emitida el 25 de marzo de 2026, que ordenó adecuar la normativa electoral bajo principios de protección reforzada a la maternidad.

El fallo se originó tras un recurso presentado por una ciudadana sancionada pese a encontrarse en periodo de lactancia. Con esta reforma, el CNE busca garantizar derechos y priorizar el bienestar de madres e hijos.

 

 

 

 

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