Economía

Cambian normas para devolución del IVA e ICE de la tercera edad

Los contribuyentes deben obtener su clave electrónica en el SRI, firmar la autorización de transacciones electrónicas y tener una cuenta bancaria activa para registrarla y recibir los depósitos de las devoluciones.

QUITO. El pasado 31 de octubre entró en vigencia, luego de su publicación en el Registro oficial, la resolución DGERGC15-00000745 del Servicio de Rentas Internas (SRI) con nuevas disposiciones, la cual entre sus principales cambios está que ya no será necesaria la entrega de todos los comprobantes de venta para que las personas de la tercera edad soliciten la devolución de los impuestos.

Y es que según la resolución, la acumulación de los documentos generaba la necesidad de que el SRI disponga del espacio equivalente a una bodega mensual, pero no es viable, ni justificable en materia de eficiencia y economía el ampliar la infraestructura física del SRI o en su defecto rentar el servicio de almacenamiento.

Por ello, con esta nueva disposición, se deberá presentar la solicitud de la devolución de los impuestos cancelados por el adulto mayor adjuntando el listado de los comprobantes de venta físicos, electrónicos, así como de las declaraciones aduaneras de importación. Adicionalmente, tendrá que acceder en la web del organismo de control el formato del listado, por lo que ya no será necesario llevar las facturas y demás. Sin embargo, estos documentos se deberán conservar por un periodo de siete años.

Cabe recalcar que si se llegan a detectar solicitudes o devoluciones indebidas o que contengan indicios de defraudación, el organismo de control podrá realizar procesos de control manual de las solicitudes de devolución antes de ejecutarlas. Mientras que el contribuyente deberá presentar los comprobantes de venta y más documentos físicos que se precisaren a fin de regularizar la situación de dichas solicitudes para luego poder proseguir con la atención automática.

El SRI, estima culminar el 2015 con 260 mil solicitudes de devolución de impuestos pertenecientes a los denominados grupos prioritarios, mismas que llegan acompañadas de sus respectivas facturas, además de un promedio de 21.666 expedientes mensuales.

Todas las personas, nacionales o extranjeras, mayores de 65 años pueden solicitar la devolución de lo que hayan pagado por IVA e ICE en sus compras de productos de uso y consumo personal. La primera solicitud se deberá realizar personalmente para registrar los datos del beneficiario, para luego proceder directamente con el trámite en línea. (VCV/La Nación)