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80 juezas y jueces brindan servicios judiciales a víctimas de violencia

Las mujeres que sufren algún tipo de violencia física, sexual o psicológica, ahora cuentan con más y mejores políticas para su protección.

QUITO. Según datos estadísticos de la Fiscalía General del Estado, entre el 10 de agosto de 2014 y el 5 de junio de 2015, se presentaron 49 noticias del delito de femicidio, las y los fiscales que conocieron estos casos emitieron 17 dictámenes acusatorios, de los cuales se obtuvieron seis sentencias condenatorias, una en Guayas, una en Santo Domingo, dos en Chimborazo, una en Tungurahua y una en Santa Elena.

En este sentido, en el marco del Plan Nacional contra la Violencia de Género hacia niños, niñas, adolescentes y mujeres, política de Estado desde el 2007, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, realiza el seguimiento constante de casos de femicidio y violencia intrafamiliar, fortaleciendo la gestión de la Red de Centros de Atención y Casas de Acogida para víctimas de violencia de género e intrafamiliar.

“La mayor transformación de un país radica en el goce igualitario de derechos, por ello es importante el trabajo de la Asamblea Nacional con la expedición de normativas como el COIP que no solo busca sancionar conductas delictuales que afectan a mujeres, niños, niñas y adolescentes, además, garantizan su protección”, indicó Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

En la actualidad, las mujeres que sufren algún tipo de violencia física, sexual o psicológica, cuentan con más y mejores políticas para su protección. Y es que el Consejo de la Judicatura ha creado unidades judiciales especializadas, las cuales cuentan con 80 juezas y jueces para brindar servicios judiciales integrales a las víctimas de violencia de género e intrafamiliar.

Además, ya varios cambios se han llegado a introducir en la legislación ecuatoriana con la puesta en marcha del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde el pasado 10 de agosto de 2014. Uno de los más destacables es la tipificación y sanción de aquellos delitos cometidos contra la mujer y/o cualquier miembro del núcleo familiar.

Tras esto, la inclusión del femicidio en el COIP, los delitos sexuales y los de discriminación y odio por razones de género son tratados por las y los operadores de justicia desde una visión integral y con una investigación especializada, que busca probar la materialidad y responsabilidad del delito, además, demostrar la incidencia de la violencia de género en la ejecución de acciones que afectan a la víctima por su condición femenina.

“Uno de los avances más importantes en este sentido, es sin duda la tipificación del femicidio, con una pena de 22 a 26 años de privación de libertad, que no solo sanciona al autor, permite entender que se trata de un hecho en que se conjugan particularidades que no están presentes en otras muertes, como es la relación entre la víctima y su victimario”, aseveró Zúñiga, además de recalcar de que el COIP es una herramienta que permite posicionar en la conciencia social la no permisibilidad de las conductas que son violatorias de derechos. (VCV/La Nación)